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Años después de sacarte el carnet de conducir, los conductores tienen la obligación de renovar su permiso para poder seguir circulando con total seguridad. Se trata de un trámite muy sencillo pero para el que hay que superar algunas pruebas psicofísicas que determinan si la persona está capacitada para poder circular. Hasta ahora era una prueba muy fácil que casi no requería ninguna destreza pero la DGT ha actualizado estas pruebas para superar el reconocimiento médico y ha establecido nuevas fórmulas que permiten calcular puntos de corte e índices del psicotécnico.
Reconocimiento médico actualizado
Ahora, en el Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) se realiza un historial médico con la información proporcionada por el paciente y la recogida de datos personales. Aunque no supone un cambio drástico con respecto al reconocimiento médico que se realizaba anteriormente, sí implica que los conductores deben superar alguna prueba más de las habituales. Además, tendrán que dar más información médica para que sean declarados aptos para conducir.
La DGT explica que el objetivo es «dar un nuevo enfoque centrado en facilitar la labor de cribado, ofrecer criterios y puntos de corte para simplificar la toma de decisiones sobre la aptitud y potenciar la intervención preventiva del CRC trabajando el consejo preventivo».
Pruebas
Se ha hecho la prueba de «anamnesis» más completa. Se trata de un formulario que se le hace a la persona para conocer elementos personales, familiares y ambientales relevantes. Ahora se introducen preguntas acerca de analíticas y aspectos como de evaluación del sistema nervioso y endocrino o insuficiencia renal, entre otras.
La DGT también establece varias pruebas de «cribado» mucho más exhaustivas: test de orientación espacial, agudeza visual, memoria, planificación de tareas, lenguaje y cálculo. Con estas pruebas, se puede «valorar el deterioro cognitivo» de la persona que quiere obtener o renovar el carnet de conducir.
Resultado
El Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) valorará a la persona y emitirá un informe con alguno de los siguientes resultados:
- Apto: significa que el conductor no supone riesgo alguno para la conducción y, por lo tanto, puede obtener o renovar el carnet.
- Apto con restricciones: tal y como su propio nombre indica, el conductor puede ponerse al volante pero son una serie de restricciones, adaptaciones o limitaciones a la conducción.
- No apto: la persona no ha superado el reconocimiento médico al no ser apto en alguna de las pruebas.
- Interrumpido: la persona no ha aportado toda la documentación exigida o no ha realizado alguna de las pruebas, y por este motivo el reconocimiento se ha interrumpido.
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